Es un
aporte estatal que permite comprar
viviendas nuevas o usadas, en
sectores urbanos o rurales, para uso habitacional
del beneficiario y su familia.
Se otorga
por una sola vez y no se debe restituir.
¿A
quiénes están dirigidos estos subsidios?
A
familias sin vivienda, que viven en
situación de vulnerabilidad social, y cuyo puntaje de Carencia Habitacional en
la Ficha de Protección Social (FPS) es igual o menor a 8.500 puntos.
Tratándose de
postulaciones colectivas, el grupo organizado podrá incluir como máximo un 30%
de familias que tengan hasta 13.484
puntos en la FPS.
¿Cuál es
el valor de la vivienda en la que se pueden aplicar estos subsidios?
El precio máximo de
la vivienda podrá ser de hasta 950 o
1.050 Unidades de Fomento (UF), dependiendo de la comuna o localidad del país
donde se ubique.
En la Región del Maule el monto
máximo es de 950 UF.
¿Cuánto
subsidio entrega este programa?
El monto de
subsidio base, expresado en Unidades de Fomento, según tipología de aplicación
será la siguiente:
Construcción en
Nuevos Terrenos
|
Construcción en
Sitio Propio
|
Construcción en
Densificación Predial
|
Construcción en
Pequeños Condominios
|
Adquisición de Vivienda Construida
|
|
Subsidio Base
|
330
|
500
|
550
|
550
|
280
|
Mediante
resolución fundada del Ministro de Vivienda y Urbanismo, ha establecido un factor multiplicador que ajuste el monto a
que se refiere el inciso anterior, con el objeto de determinar el monto del
subsidio base en cada comuna del país y/o determinadas localidades.
Subsidios adicionales:
a)
Subsidio a la Localización
b) Subsidio de
Factibilización
c) Subsidio de
incentivo y premio al ahorro adicional.
d) Subsidio de
Densificación en Altura.
e) Subsidio por
Grupo Familiar.
f) Subsidio
para personas con discapacidad.
g) Subsidio de
Equipamiento y Espacio Público
h) Subsidio de
Habilitación.
i) Subsidio
para Territorios Especiales y Localidades Aisladas
j) Subsidio por
Superficie Adicional para Adquisición de Vivienda Construida
¿Qué
requisitos se deben cumplir para acceder a estos subsidios?
·
Ser mayor
de 18 años.
·
Contar
con máximo 8.500 puntos de Carencia
Habitacional en la FPS, en postulaciones colectivas hasta el 30 % del grupo
podrá exceder este puntaje y no superar los 13.484 puntos.
·
Contar
con un ahorro mínimo de 10 UF, depositado en una cuenta de
ahorro para la vivienda, a nombre del postulante, al último día hábil del mes
anterior al de postulación. En la modalidad
colectiva, los postulantes que tengan
entre 11.734 y 13.484 puntos en la FPS, deberán acreditar un ahorro mínimo de
15 Unidades de Fomento.
·
No pueden
postular personas solas (familias unipersonales), excepto si están afectadas
por alguna discapacidad (acreditada
por la COMPIN), son mayores de 60 años,
viudos/as, indígenas o están reconocidas en el Informe Valech.
·
Si el postulante o uno o más integrantes del
núcleo familiar declarado por éste presentan discapacidad, esta condición
deberá acreditarse con la respectiva inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad. Esta inscripción podrá
verificarse por medio del Sistema Informático de Postulación.
·
Tratándose de indígenas, para acreditar tal calidad,
como asimismo la de padre, madre, cónyuge o hijo de una persona que tenga tal
calidad, se estará a las disposiciones de la Ley N° 19.253, sobre Protección,
Fomento y Desarrollo de los Indígenas, debiendo acompañarse Certificado de la
CONADI.
·
Presentar Declaración
de Núcleo en formulario que el SERVIU respectivo proveerá para estos
efectos. Esta declaración deberá cumplir con los requisitos y condiciones que
se pasan a señalar:
1.- Todas las personas que sean invocadas por
el postulante como miembros de su núcleo familiar deberán formar parte de la
misma Ficha de Protección Social o del instrumento que la reemplace.
2.- Ninguno de los integrantes del Núcleo
identificado o sus cónyuges podrá estar postulando a un subsidio habitacional,
ni tener subsidio vigente o ser propietario de una vivienda o caseta sanitaria.
3.- En el referido instrumento, las personas
mayores de 18 años, a excepción del cónyuge, deberán declarar bajo su firma que
forman parte de dicho núcleo familiar, adjuntando fotocopia de sus respectivas
cédulas de identidad. Las personas que cumplan 18 años en el año calendario del
llamado y que sean integrantes del núcleo familiar, no tendrán obligación de
firmar la citada declaración.
·
Tratándose
de postulantes que opten por la tipología de Construcción en Sitio Propio, Densificación
Predial o Construcción en pequeños condominios, deberán acreditar la
disponibilidad de terreno donde se pretenda construir.
·
Que el
postulante ni su cónyuge se encuentre en
alguna de las siguientes situaciones:
-
Sea
propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria o de un
sitio con destino habitacional. En este último caso sólo podría postular para
construir una vivienda en dicho sitio, en futuros llamados para subsidios de
construcción.
-
Sea
beneficiario de un subsidio habitacional o posea un certificado de subsidio
habitacional vigente.
¿Dónde y
cómo se postula a estos subsidios?
·
A través de www.minvu.cl podrá reservar
previamente hora, día y lugar
para realizar el trámite de postulación.
Para efectuar la reserva, los interesados deben contar
con un correo electrónico.
·
Se postula en el Serviu y sus delegaciones, y en otras entidades
acreditadas por este Servicio, las cuales puede conocer en el Serviu y en www.minvu.cl.
·
Los
interesados pueden postular en forma individual
(sin intermediarios ni promesa de compraventa).
·
Tanto la
reserva de hora por Internet como el trámite de postulación son totalmente gratuitos.
¿Qué
documentos se deben presentar en la postulación?
Antes de
realizar el trámite de postulación, los interesados deben completar los
siguientes formularios:
-
Declaración
de Núcleo Familiar y de No Propiedad Habitacional (D-1). Obligatorio.
-
Declaración Jurada de Postulación (D-2). Obligatorio.
-
Mandato de ahorro (D-3). Obligatorio.
Se puede
acceder a estos formularios en www.minvu.cl. Junto a ellos, se deben
presentar los siguientes documentos:
Postulantes chilenos:
-
Cédula
Nacional de Identidad vigente (original y fotocopia).
Postulantes extranjeros:
-
Cédula de
Identidad para extranjeros (original y fotocopia).
-
Certificado
de vigencia de la permanencia definitiva, emitido por el Departamento de
Extranjería de Policía de Investigaciones de Chile (vigente y original).
Para acreditar o demostrar el ahorro:
·
Entidad financiera con consulta
en línea (BancoEstado, Banco
Desarrollo de Scotiabank y Coopeuch):
-
Fotocopia
de la Libreta de Ahorro o cartola, que muestre el número y tipo de cuenta, a
nombre del postulante.
·
Entidad financiera sin consulta
en línea:
-
Certificado
de mantención de cuenta, a nombre del postulante, con la fecha de acreditación
que corresponda al momento de la postulación (al 29 de julio para quienes
postulan en agosto, o al 31 de agosto para quienes postulan en septiembre).
Para acreditar discapacidad del
postulante o de otro miembro del grupo familiar:
-
Inscripción
en el Registro Nacional de Discapacidad (original y fotocopia de la credencial
vigente) o un Certificado de la Compin (original y fotocopia).
-
Mandato
de Ahorro (D-3). Formulario obligatorio, al que se puede acceder en www.minvu.cl.
¿Cómo se
efectúa la selección?
La selección de los beneficiados se realizará por
estricto orden de puntaje, hasta
agotar los recursos asignados para el llamado.
Los factores que otorgarán puntaje son:
- Grupo familiar, considerando si es monoparental, y la
cantidad y características de sus integrantes (menores de 5 y de 18 años,
personas reconocidas en el Informe Valech, personas discapacitadas,
postulantes que realizaron el servicio militar después del año 2004,
bomberos y/o adultos mayores).
- Condición de
vulnerabilidad social y habitacional, de acuerdo al puntaje de FPS y las
condiciones de habitabilidad del postulante (hacinamiento, tipo de
vivienda, disponibilidad de agua y eliminación de excretas).
- Antigüedad de postulación: 20 puntos por cada postulación individual hábil en que no haya sido seleccionado, con un máximo de 60 puntos.
¿Cómo se
aplica el subsidio obtenido?
Quienes resulten seleccionados
obtendrán un Certificado de Subsidio Habitacional, con vigencia de 21 meses, contados desde su emisión (registrada en el
mismo documento), el cual se podrá aplicar en la compra de una vivienda nueva o
usada, ubicada en la región del país identificada al momento de postular.