domingo, 26 de abril de 2015

Información Subsidios Habitacionales


¿Qué es un Subsidio Habitacional?
Es una ayuda que otorga el Estado a través del Ministerio de la Vivienda a familias que no pueden adquirir por si solas una vivienda. El subsidio complemente el ahorro de cada familia, requerido según cada programa. El subsidio habitacional no se devuelve y se entrega por una sola vez en la vida.

¿Dónde se postula a los Subsidios Habitacionales?
Se postula a los llamados de postulación, calendarizados por el SERVIU , en forma individual, en el SERVIU o en los organismos autorizados como es el caso de las Municipalidades a través de medios electrónicos que el SERVIU establezca para estos efectos y en las fechas y plazos que indique. 
I. SUBSIDIOS VIGENTES PARA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA:
Click sobre la imagen para ampliar
FONDO SOLIDARIO
Este programa es un aporte estatal que permite adquirir una vivienda (casa o departamento) nueva o usada, sin crédito hipotecario, en sectores urbanos o rurales, para uso habitacional del beneficiario y su familia.
¿A quién está dirigido?
A familias carentes de vivienda, que viven en situación de vulnerabilidad social, y cuyo puntaje de Carencia Habitacional en la Ficha de Protección Social es igual o menor a 8.500 puntos.
Montos de Subsidio para Grupos Vulnerables, Fondo Solidario:
TÍTULO I TRAMO I
Este subsidio apoya la compra de una vivienda económica, de hasta 800 UF, nueva o usada, en sectores urbanos o rurales, para familias con capacidad de ahorro, sin posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario y que tengan un puntaje máximo de 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social.

¿A quién está dirigido?
A familias que tengan Ficha de Protección Social (FPS) con un máximo de 11.734 puntos, carentes de vivienda, con capacidad de ahorro y sin posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario.
Montos de Subsidio para Grupos Emergentes, Tramo 1, Título I ("Título 0"):
TÍTULO I TRAMO II
Este subsidio apoya la compra de una vivienda económica, de hasta 1.200 UF, nueva o usada, en sectores urbanos o rurales, para familias con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios, y que tengan un puntaje máximo de 13.484 puntos en la Ficha de Protección Social.
¿A quién está dirigido?
A familias de grupos emergentes (con máximo 13.484 puntos en su Ficha de Protección Social -FPS-), carentes de vivienda, con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios.
TÍTULO II
Este subsidio apoya la compra de una vivienda económica, de hasta 2.000 UF, nueva o usada, en sectores urbanos o rurales, para familias con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios.
¿A quién está dirigido?
A familias de sectores medios, carentes de vivienda, con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios.
Montos de Subsidio para Sectores Medios (Título II):
Qué requisitos se deben cumplir para postular a estos subsidios?
  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con el ahorro mínimo, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, al último día del mes anterior al de la postulación.
  • Contar con máximo puntaje en la FPS correspondiente al subsidio a postular.
  • Declarar el monto total del ingreso mensual neto del núcleo familiar, incorporado a su declaración de núcleo:
    • Título I Tramo I. Este no podrá exceder de 25 UF.
    • Título I Tramo II. Este no podrá exceder de 40 UF.
    • Título II. Este no podrá exceder de 60 UF.
·         Que el postulante, su cónyuge, conviviente o algún integrante del grupo familiar declarado al postular no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
 -          Sea propietario o asignatario de una vivienda,
infraestructura sanitaria o de un sitio con destino habitacional.
 -         Sea beneficiario de un subsidio habitacional o posea
un certificado de subsidio habitacional vigente.
 -         Esté postulando a cualquier otro programa habitacional.
-           Haya sido declarado como integrante del grupo familiar de personas
beneficiadas en llamados anteriores, de hasta tres años al que se está postulando.
Desde la postulación y hasta que no finalice el proceso de selección, tanto el ahorro mínimo requerido como el adicional que se tenga en la cuenta de ahorro, deben mantenerse depositados y sin giros posteriores. En caso de detectarse giros posteriores a dicha fecha, la postulación quedará sin efecto, se excluirá al beneficiario de la nómina de selección o se producirá la caducidad del certificado de subsidio

¿Cómo se efectúa la selección?
Para todos los subsidios la selección se realiza por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados en los respectivos llamados.
Los factores de puntaje son los siguientes:
  • Grupo familiar.
  • Monto de ahorro superior al mínimo requerido.
  • Permanencia y constancia en el ahorro.
  • Antigüedad de la postulación.
  • Caracterización socioeconómica, a través de la FPS Condición de persona reconocida en el Informe Valech.
  • Cumplimiento del servicio militar, a partir del año 2004.

II.-SUBSIDIOS VIGENTES  PARA MEJORAR, REPARAR Y AMPLIAR VIVIENDAS
A TRAVES DEL PROGRAMA DE PROTECCION AL PATRIMONIO FAMILIAR. D.S.255.(VyU) 2006.
Estos subsidios están orientados a familias de vulnerabilidad social y de grupos emergentes con puntaje máximo de Ficha de Protección Social de 13.484 puntos, propietarias o asignatarias de una vivienda social, cuyo valor de la vivienda no exceda a 650UF, construida por el Estado o por el sector privado con o sin subsidio habitacional y localizada en zonas urbanas o rurales.
Se puede postular a través  de 3 tipos de programas:
1.-Mejoramiento de la vivienda.
2.-Ampliación de la Vivienda
3.-Mejoramiento del entorno y equipamiento comunitario.

1. SUBSIDIO DE MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA. (TITULO II)

Este subsidio tiene por objeto detener el proceso de deterioro por envejecimiento de las viviendas y  por ende de los barrios consolidados y preservar el patrimonio familiar y social.
Este subsidio permite financiar obras que mejoren la seguridad o habitabilidad de la vivienda en base a los siguientes montos:
-Ahorro mínimo: 3 U.F. ($ 75.000 aprox.), depositado en una Libreta de Ahorro de la Vivienda:
-Subsidio máximo: 55 U.F. ($1.210.000 aprox.)
-Total 58.U.F.
En relación al monto siempre se solicita un poco más del mínimo, por aumento constante de la Unidad de Fomento.
A estos montos s e les debe descontar los gastos propios de las obras y que incurre la empresa constructora que  ejecute los trabajos, tales como gastos financieros y gastos operacionales.

OBRAS QUE SE PUEDEN DESARROLLAR.

-Muro cortafuego-Cambio de cubierta-Estucado de muro-Revestimiento de tabique- piso cerámico-cambio de cielo-pintura interior exterior-ventanas de aluminio-cambio de puertas-cambio artefactos de baño o cocina, etc.

REQUISITOS:
-Tener libreta de  AHORRO DE LA VIVIENDA CON EL  AHORRO EXIGIDO.
-Tener Ficha de Protección Social aplicada.
-El postulante o cónyuge pueden ser  propietarios o asignatarios de la vivienda.
-La vivienda que se interviene debe estar  regularizada con la recepción municipal.
-Avalúo inferior a 650U.F. Se confirma con el certificado de avalúo fiscal desglosado.

2.-SUBSIDIO DE AMPLIACION DE LA VIVIENDA. (TITULO III).

Este subsidio permite ampliar viviendas sociales o viviendas cuya tasación no supere los 650U.F., pertenecientes a familias que  cuenten con un máximo de 13.484 de puntaje en la Ficha de Protección social.
Este subsidio permite construir un dormitorio nuevo, loggia, baño  o cocina.
Para este subsidio los postulantes deben acreditar un ahorro mínimo de 5 U.F. en una Libreta de ahorro de Vivienda y el Estado otorga un subsidio  que variará de acuerdo en la comuna que se ubique la vivienda y la superficie original del inmueble. El monto máximo fluctúa entre 90 y 270U.F.
REQUISITOS DE POSTULACION A ESTE SUBSIDIO:

-Tener mínimo 18 años de edad.
-En postulaciones individuales contar con un máximo de 13.484 puntos FPS. En postulaciones colectivas el 40% de los integrantes puede superarlo.
-Ser propietario  o asignatario de la vivienda, postulante o cónyuge.
-La vivienda no debe exceder a 650U.F. de avalúo fiscal
-Tener el ahorro mínimo  en la libreta de ahorro de la vivienda (5 U.F.)Al último día del mes anterior  al mes de postulación.
-No haber sido beneficiado anteriormente con el subsidio de ampliación. Este subsidio solo es compatible con el subsidio de mejoramiento del entorno y de mejoramiento de la vivienda.
-Contar con el permiso de edificación de la D.O.M.
-Contar con la asesoría de la EGISPSAT.
3.-SUBSIDIO DE MEJORAMIENTO DEL ENTORNO 0  EQUIPAMIENTO COMUNITARIO. (TITULO I)
Este subsidio permite construir, mantener o reparar el equipamiento comunitario o los bienes nacionales de uso público o efectuar obras en terreno de copropiedad. Corresponde al título I del Programa de Protección al Patrimonio Familiar.
Apoya al financiamiento de:
-Mejoramiento de espacios públicos, cierros, iluminaciones  y otros similares.
-Construcción o mejoramiento de inmuebles  de equipamiento comunitario: infocentros, juegos infantiles, sedes sociales,  multicanchas,  mobiliario urbano, etc.
-Mejoramiento en terreno de copropiedad: Áreas verdes, estacionamientos, juegos infantiles, luminarias etc.
-De innovaciones  de eficiencia energética en espacios públicos, equipamiento o bienes comunes no construidos como colectores solares, etc.
Se financia con 1 U.F. de cada familia  y el subsidio máximo varía entre 12 y 16 U.F.
¿A QUIEN VA DIRIGIDO?
A familias  propietarias o asignatarias de una vivienda cuyo avalúo fiscal no exceda a 650U.F., construida por el Estado o por el sector privado con o sin subsidio habitacional y localizada en zonas urbanas o rurales.
En el caso de condominios sociales también pueden postular las familias arrendatarias, cuando se trate de proyectos de mejoramiento de los espacios públicos o de equipamiento comunitario, etc.
Esta postulación no impedirá que estas familias puedan optar a un subsidio para adquirir vivienda.
REQUISITOS.
-Ser mayor de 18 años.
-deben constituirse como grupo organizado.
-Ser propietario, asignatario o arrendatario de la vivienda, cuya tasación no exceda a 650 UF:
-Puede tener aportes adicionales
-No haber sido beneficiario con el mismo subsidio anteriormente. Solo es compatible con el subsidio de mejoramiento y ampliación.
-Contar con la autorización de los copropietarios  cuando el proyecte  afecte bienes comunes de un condominio.
-Si el proyecto se ubica en inmueble de BNUP debe contar con permiso municipal para el proyecto.
Si el proyecto se ubica en terreno municipal  debe contar con un comodato de a lo menos 10 años en favor del grupo postulante.
-Contar con la Asesoría de un Prestador de Asistencia Técnica autorizado por SERVIU
-Contar con una empresa constructora inscrita en el Registro de contratistas del SERVIU

Información:
FUENTE MUNICIPALIDAD DE LA REINA